TOMO XIV

– CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, SERVICIOS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS –

Criterios para la organización de las actividades complementarias y extraescolares en el Colegio Concertado Los Rosales de Málaga.

(Decreto 162/2021, de 11 de mayo, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los servicios escolares complementarios en los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

1. Actividades complementarias

Las actividades escolares complementarias son aquellas que el centro organiza con el fin de enriquecer y complementar la enseñanza habitual, y que salvo excepciones, suelen realizarse dentro de la jornada escolar.

Estas actividades están abiertas a la participación de todo el alumnado del grupo, curso, ciclo, etapa o nivel correspondiente, promoviendo la igualdad de oportunidades en el acceso a experiencias formativas adicionales.

2. Actividades extraescolares

Las actividades extraescolares son las que organiza el centro fuera del horario escolar. Estas pueden llevarse a cabo durante el tiempo comprendido entre la jornada escolar de la mañana y la de la tarde, así como antes o después del horario lectivo habitual. Están dirigidas exclusivamente al alumnado del centro, brindándoles la posibilidad de participar en experiencias educativas, deportivas, culturales o recreativas que complementen su formación personal y académica.

3. Servicios escolares complementarios

Los servicios escolares complementarios incluyen recursos como el comedor escolar, el transporte, los servicios médicos o psicopedagógicos, entre otros. Estos servicios son fundamentales para facilitar el bienestar y la atención integral del alumnado, y pueden ser utilizados de manera regular o discontinua según las necesidades de cada familia.

4. Comunicación con las familias

Al comienzo de cada curso escolar, el centro informará a las familias, de manera clara y detallada, sobre las actividades escolares complementarias, extraescolares y los servicios escolares complementarios que se ofrecerán. Esta información incluirá:

– Plazos de inscripción.

– Costos asociados a cada actividad o servicio.

– Posibilidad de utilizar los servicios de forma discontinua, según las necesidades familiares.

Esta comunicación busca garantizar que las familias dispongan de la información necesaria para tomar decisiones adecuadas sobre la participación de sus hijos en las diferentes actividades y servicios ofrecidos por el centro.

5. Organización de excursiones

Las excursiones organizadas por el centro tienen como propósito fundamental complementar los contenidos curriculares que el alumnado esté trabajando en el aula. Además de reforzar los aprendizajes teóricos, estas salidas favorecen el desarrollo de competencias como la convivencia, el trabajo colaborativo y la autonomía personal, al tiempo que los alumnos se divierten en un entorno que no es el habitual.

Para asegurar una planificación eficiente, se evitará la repetición de excursiones a lo largo de las distintas etapas educativas. Para ello, se elaborará un cuadrante general que incluirá todas las salidas programadas para cada curso. Estas excursiones estarán organizadas por los tutores de cada nivel, garantizando la participación de todos los cursos, de modo que los aprendizajes adquiridos en estas actividades lleguen a todo el alumnado por igual. En algunos casos, las excursiones podrán ser organizadas por uno o varios tutores si están relacionadas con temas específicos de alguna unidad didáctica.

6. Participación de las familias en las actividades

Como norma general, no se permitirá la participación de las familias en las excursiones o actividades complementarias y extraescolares. Sin embargo, en casos donde existan necesidades educativas especiales y no se disponga de monitores suficientes, o en el caso de que se considere imprescindible o necesario, se podrá solicitar la colaboración de los padres o madres de esos alumnos para acompañarles, garantizando así una atención adecuada y personalizada durante la actividad.

7. Normas de comportamiento y participación

Se recuerda que una salida del Centro escolar, abandonando nuestro entorno habitual, conlleva muchas responsabilidades, y solo aquellos alumnos que no presentan conductas contrarias o graves a la convivencia pueden garantizar el buen desarrollo de la actividad. Esto se maximiza cuando las salidas del centro son de varios días e implica dormir en el destino.

Por este motivo, la Dirección del centro, los tutores, la Comisión de Convivencia y el propio profesorado encargado de las actividades podrá no autorizar la participación del alumnado en una actividad determinada por razones de convivencia y seguridad, garantizando en todo momento la atención educativa en el centro durante el tiempo que dure la misma.

Días previos a la actividad, el equipo docente de cada curso o la Comisión de Convivencia pueden reunirse y decidir aquellos alumnos que no podrán participar en ella. Esta decisión también puede ser tomada por la dirección del Centro.

En el caso de que sea un tutor o un profesor el que decida tomar esta medida, informará previamente a la jefatura de estudios.

En el caso de que se decida tomar esta medida con algún alumno, será el propio tutor el que se lo notifique a las familias en la mayor brevedad.

Esta norma será aplicable tanto a las excursiones de un día, a las de dos días en incluso al viaje de fin de curso de 4º de Secundaria.

En relación a este viaje, aquellos alumnos que durante su paso por el 2º ciclo de secundaria hayan mostrado conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, perderán el derecho a participar de esta actividad, salvo que la dirección del centro decida lo contrario.

Pueden encontrar más información sobre las excursiones y salidas del centro en nuestro Plan de Convivencia, Tomo X de este Proyecto Educativo.

En este aspecto, en el caso de tomar alguna de estas medidas, las decisiones siempre serán educativas, proporcionales y documentadas no punitivas ni automáticas. No se trata en ningún caso de un castigo, sino de una medida educativa preventiva, basada en criterios objetivos de seguridad, convivencia y responsabilidad.

8. Aprobación de actividades

Antes del inicio de cada curso escolar, el Consejo Escolar se encargará de aprobar tanto las actividades complementarias como las extraescolares, asegurando así que todas las propuestas se ajusten a los objetivos educativos y formativos del centro. Este proceso se suele llevar a cabo durante el mes de junio anterior al nuevo curso, en reunión ordinaria del Consejo Escolar.