– CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE, DE CONFORMIDAD CON EL NÚMERO TOTAL DE HORAS QUE, A TALES EFECTOS, SE ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN –
Para la elaboración del horario individual del profesorado en nuestro centro, se tienen en cuenta los siguientes criterios:
– La jornada semanal de los docentes será de treinta y cinco horas, a excepción de aquellos que no estén contratados a jornada completa. La distribución del horario individual de cada docente se realizará de lunes a viernes.
– De las treinta y cinco horas de la jornada semanal, veinticinco serán de obligada permanencia en el centro, dedicadas a actividades docentes, y las diez restantes corresponderán al horario no lectivo, es decir, aquel que no está incluido en la jornada escolar.
«Las actividades que los docentes deberán realizar dentro de su jornada escolar son las siguientes:»
1. Docencia directa con un grupo de alumnos y alumnas para el desarrollo del currículo.
2. Actividades de refuerzo y recuperación con el alumnado.
3. Atención al alumnado en caso de ausencia del profesorado.
4. Cuidado y vigilancia de los recreos.
5. Asistencia a las actividades complementarias programadas.
6. Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente.
7. Desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos.
8. Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.
9. Cualesquiera otras funciones que se determinen en este Plan de Centro.
«Tramos horarios de la jornada:»
– Los niveles de Infantil y Primaria tendrán un horario de permanencia obligatoria en el centro de 9:15 a 16:30, salvo los viernes, cuando la jornada finalizará a las 14:15.
– Para Secundaria, el horario será de 8:15 a 16:30, con la jornada finalizando a las 14:45 los viernes.
– El margen para la comida será de lunes a jueves de 12:45 a 15:00 para Infantil y Primaria, y de 13:45 a 15:30 para Secundaria.
«Vigilancia de recreos:»
La vigilancia de los recreos se realizará mediante turnos entre el personal docente del centro, asignándose un docente por cada dos grupos de alumnos, o fracción. Estarán exentos de esta tarea el/la director/a y el/la jefe/a de estudios, aunque podrán participar cuando se considere necesario.
«Reducciones horarias:»
Se atenderán las reducciones horarias establecidas por la ley, según corresponda en cada caso.
Los docentes con dedicación a tiempo parcial o con reducción de jornada por lactancia, guarda legal, actividades sindicales o cualquier otra circunstancia contemplada en la normativa aplicable deberán cumplir con un número de horas de permanencia proporcional al de horas lectivas que deban impartir.
La parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro, que no esté destinada a la actividad lectiva, será coordinada entre el docente y el equipo directivo, y se destinará a las siguientes actividades:
1. Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica y de los equipos de ciclo, así como otras reuniones entre docentes que se consideren necesarias.
2. Actividades de tutoría, incluyendo tutoría electrónica, y coordinación con los equipos de orientación educativa.
3. Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
4. Programación de actividades educativas.
5. Asistencia a reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro.
6. Asistencia a actividades complementarias programadas.
7. Participación en las sesiones de evaluación.
8. Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.
9. Organización y mantenimiento del material educativo.
10. Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, reconocidas por la Consejería competente o sus Delegaciones Provinciales, que podrán ocupar un máximo de 70 horas a lo largo del año académico. Dichas actividades serán certificadas, y se informará al equipo directivo del centro.
11. Otras actividades que se determinen en el Proyecto Educativo.
La parte del horario semanal que no sea de obligada permanencia en el centro se dedicará a la preparación de actividades docentes (lectivas y no lectivas), al perfeccionamiento profesional y, en general, a la atención de los deberes inherentes a la función docente.
Los responsables de la coordinación de planes, programas educativos o proyectos de innovación podrán disponer, según la disponibilidad de profesorado, de una fracción de su horario de obligada permanencia (lectivo o no lectivo) para estas funciones.
«Plan de Animación a la Lectura y Biblioteca Escolar:»
De acuerdo con la Orden de 17 de marzo (art. 4), el centro deberá garantizar la incorporación de un tiempo diario de al menos 30 minutos dedicados a la lectura, en todos los niveles, dado que se considera un factor clave para el desarrollo de las competencias clave.
«Equipo directivo:»
El equipo directivo dispondrá de un horario que garantice la realización de sus funciones. La dirección del centro distribuirá el número de horas necesarias entre los miembros del equipo, procurando que haya algunas horas coincidentes para facilitar el trabajo en equipo.
«Coordinadores de ciclo:»
Los coordinadores de los equipos de ciclo dispondrán de horario para garantizar la realización de sus funciones, según lo establece la normativa vigente (Orden de 20 de agosto de 2010, art. 15.2b).
«Cobertura de tramos horarios:»
Los horarios lectivos deberán cubrir todos los tramos para garantizar las sustituciones, que serán realizadas por todo el personal del centro, en todos los niveles educativos.
Criterios para la gestión de las sustituciones por ausencias del profesorado
«Ausencias de larga duración (4 o más días):»
1. Las ausencias de larga duración se gestionarán de acuerdo con la normativa vigente, que regula el procedimiento para la sustitución del profesorado.
2. Todo el personal deberá notificar cualquier ausencia prevista con la mayor antelación posible, presentando la documentación pertinente, para facilitar una gestión eficiente de la sustitución.
3. Hasta que la Delegación autorice un sustituto, el profesorado con horas de refuerzo cubrirá la ausencia.
«Ausencias de hasta tres días y ausencias sin cargo al cupo de sustituciones:»
Las ausencias se cubrirán en el siguiente orden:
1. Profesor/a de apoyo y refuerzo.
2. Profesores dedicados a actividades como la atención educativa a alumnos que no cursan religión.
3. Coordinadores de planes que no estén realizando actividades docentes.
4. El responsable de la orientación en Secundaria.
5. El jefe/a de estudios.
6. El/la director/a.
«Importante:» Siempre que sea posible, el docente que vaya a ausentarse deberá coordinar previamente la tarea que los alumnos realizarán en clase durante su ausencia.
Dado que el Colegio Los Rosales es un centro de una sola línea, con un número limitado de horas contratadas para los docentes, si no se pudiera cubrir una baja con otro docente, se unificarán grupos.
Si fuera necesario, en casos excepcionales, docentes de una etapa podrán sustituir en etapas distintas.
«En caso de varias ausencias que no puedan ser cubiertas por el personal disponible:»
Cuando el centro no pueda atender a todos los grupos, agotados los recursos humanos disponibles, el equipo directivo tomará las medidas que considere oportunas. Estas medidas pueden incluir:
– Mantener a varios cursos en el patio de recreo durante una clase, bajo la supervisión de un único docente.
– Repartir a los alumnos en otras clases.
– Un docente supervisará dos grupos en sus respectivas aulas simultáneamente.
– Como caso excepcional, se podrá recurrir a los estudiantes en prácticas (Prácticum) que estén en el centro, siempre supervisados por el personal docente del Centro.